octubre 11, 2024

Formulario s1 registro para cobertura de asistencia sanitaria

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Formulario s1 registro para cobertura de asistencia sanitaria

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Se considera que el asegurado es un trabajador transfronterizo si trabaja (y está asegurado) en un país de la UE distinto del que reside y con la condición de que regrese al país de residencia todos los días o al menos una vez a la semana. En este caso, el país competente en materia de seguridad social es el país donde trabaja.
El trabajador transfronterizo asegurado en Luxemburgo debe inscribirse en la caja de enfermedad de su lugar de residencia para poder beneficiarse de los reembolsos de la asistencia sanitaria. Para ello, la CNS expide un documento de derecho: el formulario S1 (o S072 según el caso).
El formulario S072, documento de derecho destinado a los trabajadores transfronterizos franceses que residen en la región del «Grand-Est» (departamentos 08-Ardennes, 10-Aube, 51-Marne, 52-Haute Marne, 54-Meurthe et Moselle, 55-Meuse, 57-Moselle, 88-Vosges, 67-Bas-Rhin, 68-Haut-Rhin) se envía directamente a la CPAM (caja de seguro de enfermedad primaria) correspondiente.  La CPAM enviará una confirmación de la inscripción a los trabajadores transfronterizos.

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El formulario S1 es un certificado de asistencia sanitaria que le da derecho a usted y a las personas a su cargo a recibir asistencia sanitaria en otro país de la UE en las mismas condiciones que un residente de ese país. El S1 es aplicable a quienes residen en un país de la UE; los residentes en el Reino Unido no pueden solicitarlo. El formulario puede denominarse E106, E109, E120, E121 o S073, según el motivo por el que se haya expedido. Esto significa que puede tener que hacer una contribución al coste de su atención (conocida como «copago»). Si no está seguro de lo que debe pagar, debe hablarlo directamente con el centro de tratamiento antes de recibirlo. Puede obtener más información en el sitio web de GOV.uk. Puede solicitar un S1 para usted y para las personas a su cargo si se encuentra en uno de los siguientes grupos:
No todas las prestaciones exportables del Reino Unido dan derecho a un S1; debe ponerse en contacto con su proveedor de prestaciones para informarse y, si tiene derecho a un S1, ellos se encargarán de que los Servicios de Asistencia Sanitaria en el Extranjero de la NHSBSA lo expidan. Los datos de contacto de su proveedor de prestaciones se encuentran en la correspondencia que le han enviado.

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Si es usted ciudadano de la UE y reside en Alemania, depende de su situación de residencia si sigue estando asegurado a través del seguro de enfermedad en su país de origen o si está sujeto a la normativa del sistema de seguro de enfermedad en Alemania.
1. Estancia temporal en AlemaniaSi sólo permanece en Alemania temporalmente, por ejemplo, como turista, como trabajador desplazado o como trabajador de temporada empleado principalmente en el país de origen, seguirá estando cubierto por el seguro de enfermedad de su país de origen. Para recibir tratamiento en el médico o en el hospital, necesita su tarjeta sanitaria europea (TSE) y un documento de identidad (documento de identidad o pasaporte). La TSE es expedida gratuitamente por su compañía de seguros médicos en su país de origen. Si no tiene la TSE, por ejemplo, porque tardan demasiado en expedirla antes de la salida o porque ya está en camino, también puede solicitar a su compañía de seguros médicos un certificado provisional sustitutorio (PEB) . También se lo pueden enviar por fax o por vía electrónica.Nota: Aquí encontrará información sobre las características específicas de la TSE y el PEB en cada país, así como sobre dónde puede solicitar la TSE y el PEB.

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Nota: Esta página trata de los formularios que necesitan los pensionistas del Estado que se trasladan a otro Estado miembro de la UE, los familiares de una persona que trabaja en el extranjero o cuando una persona de cualquier edad vive en un país de la UE pero está asegurada en otro (por ejemplo, los trabajadores transfronterizos). También se dirige a cualquier persona que planee un viaje a un Estado miembro con el propósito expreso de recibir tratamiento médico. Esta página no está dirigida a los residentes de la UE que caen inesperadamente enfermos mientras viajan temporalmente dentro de la Unión Europea. En esta situación pueden acceder a la asistencia médica los titulares de la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE).
Una persona que viva en un país de la UE y esté asegurada en otro, puede inscribirse para la cobertura de asistencia sanitaria con el formulario S1. Esto se aplica a los pensionistas que se jubilan en el extranjero, así como a las familias de una persona que trabaja en el extranjero. El formulario S1 puede obtenerse de su actual proveedor de cobertura sanitaria.
Los residentes en la UE tienen derecho a un tratamiento médico planificado en otro país miembro. Para beneficiarse de los convenios europeos de seguro de enfermedad, hay que obtener el documento S2 (ex formulario E112) en la institución del seguro de enfermedad del país de residencia. La cobertura puede variar en función del tipo de tratamiento solicitado y del país en el que se vaya a recibir. Las autoridades sanitarias pueden aclarar qué costes estarán cubiertos. Sin embargo, en principio, sólo se cubren los costes de los tratamientos reconocidos en el país de residencia.